Ayudas curso académico 2015-2016 para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
AYUDA/SUBVENCIÓN – Resolución de 24 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, para el curso académico 2015-2016.
Órgano: MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA
Ámbito: ÁMBITO NACIONAL
Requisitos:
- Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías: – certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma- certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente – certificado de discapacidad.
- Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2014. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
- Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
- Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos: a) Educación Infantil. b) Educación Primaria. c) Educación Secundaria Obligatoria. d) Bachillerato. e) Ciclos formativos de grado medio y superior. f) Enseñanzas artísticas profesionales. g) Formación Profesional Básica. h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.
- Además para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.
Beneficiarios:
El alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta podrá obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a) y b) del artículo 1 cuando reúna los requisitos que se indican.
Presentacion Solicitudes:
- Los solicitantes que no dispongan de firma electrónica y, por tanto, impriman el modelo de solicitud en fichero pdf lo presentarán, con su firma y la de los demás miembros computables de la familia, acompañada de la documentación descrita en el artículo anterior, en el centro docente en el que vayan a seguir los estudios durante el curso académico 2015-2016.
- Estas solicitudes podrán presentarse directamente en las direcciones provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en las comunidades autónomas en los siguientes casos: a) Cuando el solicitante no hubiera podido obtener reserva de plaza para el curso 2015-2016 en un centro de su provincia adecuado a sus necesidades educativas. b) Cuando solicite la ayuda para un centro de provincia distinta a la de su domicilio. c) Cuando se trate de solicitudes de ayudas para la realización de programas específicos para alumnos con altas capacidades intelectuales.
Plazos:
Hasta el 30 de septiembre de 2015.
El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2015 inclusive
Disposiciones:
Resolución de 24 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, para el curso académico 2015-2016. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO del 1 de agosto de 2015.