Ayudas curso académico 2015-2016 para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

AYUDA/SUBVENCIÓN – Resolución de 24 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, para el curso académico 2015-2016.

Órgano:            MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA

Ámbito:            ÁMBITO NACIONAL

Requisitos:                      

  1. Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías: – certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma- certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente – certificado de discapacidad.
  2. Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2014. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
  3. Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
  4. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos: a) Educación Infantil. b) Educación Primaria. c) Educación Secundaria Obligatoria. d) Bachillerato. e) Ciclos formativos de grado medio y superior. f) Enseñanzas artísticas profesionales. g) Formación Profesional Básica. h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.
  5. Además para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.

Beneficiarios:                  

El alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta podrá obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a) y b) del artículo 1 cuando reúna los requisitos que se indican.

Presentacion Solicitudes: 

  1. Los solicitantes que no dispongan de firma electrónica y, por tanto, impriman el modelo de solicitud en fichero pdf lo presentarán, con su firma y la de los demás miembros computables de la familia, acompañada de la documentación descrita en el artículo anterior, en el centro docente en el que vayan a seguir los estudios durante el curso académico 2015-2016.
  2. Estas solicitudes podrán presentarse directamente en las direcciones provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en las comunidades autónomas en los siguientes casos: a) Cuando el solicitante no hubiera podido obtener reserva de plaza para el curso 2015-2016 en un centro de su provincia adecuado a sus necesidades educativas. b) Cuando solicite la ayuda para un centro de provincia distinta a la de su domicilio. c) Cuando se trate de solicitudes de ayudas para la realización de programas específicos para alumnos con altas capacidades intelectuales.

Plazos:                              

Hasta el 30 de septiembre de 2015.

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2015 inclusive

Disposiciones:                 

Resolución de 24 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, para el curso académico 2015-2016. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO del 1 de agosto de 2015.